Coche y bus · Extremadura

Cambiar de titular un coche

Transferencia de un vehículo en la DGT: tasa de 55,70 €, documentos, ITP y plazo de 30 días para el comprador.

Verificado el · Equipo badajoz.app

A·027
55,7 €55,70 € (tasa 1.5), más el ITP autonómico
5 documentosLa lista, más abajo
Online, en persona o por teléfono3 formas de hacerlo
Cómo se hace

Cuatro pasos

Paso 1. Comprueba que se puede transferir

La DGT ofrece un informe reducido: verde si es transferible, rojo o naranja si hay impedimentos.

Paso 2. Liquida el ITP y paga la tasa

Obtén el justificante del modelo 620/621 en tu comunidad autónoma y la tasa 1.5 de 55,70 €.

Paso 3. Presenta la solicitud

En línea con el asistente de transferencias, o con cita previa en la oficina de Tráfico.

Transferencia de vehículos ↗

Paso 4. Recibe el nuevo permiso

En presencial te entregan el Permiso de Circulación en el momento; en línea la DGT te avisa por correo.

Qué llevar

Tus papeles

Requisitos

  • El comprador debe hacer la transferencia en un máximo de 30 días desde la firma del contrato.
  • El vehículo no puede estar en baja temporal, ni tener sanciones pendientes, y debe tener pagado el Impuesto de Circulación del año anterior.
  • Debe estar libre de reserva de dominio, salvo consentimiento de la financiera o subrogación.
  • Justificar el pago, exención o no sujeción del ITP (modelo 620 o 621); si vende un empresario, basta la factura.
0/5Marca lo que ya tienes

Las marcas no se guardan: solo sirven para repasar los papeles en esta página.

Dónde y cómo

Elige cómo hacerlo

  • OnlineRegistro electrónico de la DGTCon certificado digital, DNIe o Cl@ve; también app miDGTIr a la web ↗
  • En personaJefatura u oficina de TráficoSolo particulares, con cita previa por internet o en el 060; pago con tarjetaMás información ↗
  • Por teléfono060Cita previa
Tasas y plazos

Tasas y plazos

55,70 € (tasa 1.5), más el ITP autonómico

¿Hay plazo?
La fuente no indica un plazo de solicitud
Lo gestiona
Dirección General de Tráfico (DGT)
Dudas

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer el vendedor?

Hacer la notificación de venta a la DGT en cuanto se realice la operación.

¿Pueden tramitarla empresas?

Las empresas y personas jurídicas deben hacerlo por vía telemática.

De dónde sale

Fuentes oficiales

Verificado el 1 de noviembre de 2026·¿Algo no cuadra? Avísanos

Te orientamos paso a paso; si algo cambia, manda la fuente oficial de Dirección General de Tráfico (DGT).